Análisis del caso de Estudio de la Sentencia T - 565/13
de la Corte Constitucional.
En los colegio tanto privados como distritales tienen un
manual de convivencia que es un conjunto de normas que rigen los estamentos de
la institución su cumplimiento racional es parte
fundamental del cotidiano quehacer, ubicando al estudiante en un enfoque
sistémico, donde tenga razón su existencia, desarrollo, construcción y
trascendencia; también el manual de convivencia sirve como una herramienta educativa y
pedagógica, un pacto social para la convivencia; busca la formación de la
cultura de la autorregulación antes de ser un mecanismo represivo y
sancionador, para garantizar el disfrute de las libertades individuales.
Según el artículo 20 dice que: “se garantiza a
toda persona la libertad de expresar y difundir su pensamiento y opiniones, la
de informar y recibir información veraz e imparcial, y la de fundar medios
masivos de comunicación. Estos son libres y tienen responsabilidad social. Se
garantiza el derecho a la rectificación en condiciones de equidad. No habrá
censura.
Pero todas estas normas se
contradicen porque el joven es libre de expresarse y vestirse como quiera porque
va con el libre desarrollo de personalidad, su identidad u orientación sexual al no ser así, se vulneraria sus derechos
fundamentales a la dignidad humana. por todo esto no habrá ningún tipo de
censura o sanción disciplinaria en las instituciones educativas.
No hay comentarios:
Publicar un comentario